Sistema de colaboración
LA EMPRESA
Convenios de colaboración RGPD y LOPDGDD
Forman nuestro equipo de colaboradores actualmente empresas y profesionales de los siguientes colectivos:
- Administradores de Fincas y Gestores de Patrimonio.
- Asesores: Fiscales, Laborales y Contables. Auditores de cuentas y Consultores de empresas.
- Certificadores de normas de calidad, medioambiente, etc.
- Empresas de telemárketing.
- Agencias de publicidad.
- Diseño web.
- Gestores Administrativos.
- Despachos jurídicos.
- Prevención de Riesgos Laborales.
- Imprentas y Copisterías.
- Agencias de viajes, Transportistas, Mensajería.
- Empresas de Seguridad Privada.
- Instaladores de cámaras CCTV.
- Organizadores de cursos de formación.
- Desarrolladores de software. Distribuidores de hardware. Proveedores de Hosting.
- Reparación de equipos informáticos.
- Backups en la nube y servicios informáticos.
- Asociaciones profesionales. Fundaciones. Asociaciones de jóvenes y ONG's.
Ofrecemos la posibilidad de ofertar nuestros productos y servicios en el área de protección de datos y servicios de la sociedad de la información así como el resto de servicios. Como sabes, estas leyes son de obligado cumplimiento, tanto para ti como para tus clientes, si eres Encargado del Tratamiento.
Además, desde 2018 (mayo: aplicación del RGPD; diciembre: aprobación y aplicación de la LOPDGDD), ya deberías haber puesto al día todas estas obligaciones.
También ofrecemos el mismo sistema para la difusión de nuestros productos en programación a medida: Software de gestión, Diseño web, e-Marketing, Publicidad, Diseño de Imagen Corporativa, Infografías, etc., comercializados a través de nuestra web: www.amypc.es.
Si estás interesado en unirte a la red de colaboración, rellena y envía el formulario que aparece en esta misma página. Nos pondremos en contacto contigo, personalmente, para informarte de las ventajas que podrás obtener con este sistema.
CONVENIOS DE COLABORACIÓN GENERALES

Administradores de Fincas y Comunidades de Propietarios
Adaptación/actualización al cumplimiento del RGPD y de la LOPDGDD del despacho del Administrador incluyendo todas las actividades que realice (abogado, asesor, API), y adecuación de su sitio web. Descuentos importantes en otros servicios como DPO (si lo requiere), diseño web, etc.
Adaptación/actualización de las fincas que administra a las normas de privacidad y mantenimiento de las mismas.
Precios super reducidos que se ajustan en función al número de comunidades que contraten nuestros servicios.

Franquicias y Franquiciados
Adaptación al cumplimiento normativo de franquicias de servicios, de distribución, industriales, etc., en materia de protección de datos (RGPD-LOPDGDD) y LSSICE y de sus sitios web. Acuerdos especiales para que franquiciante y franquiciados cumplan la normativa dando valor añadido a la marca.
Otros servicios que pueden necesitar: Prevención del blanqueo de capitales, Legal Compliance, Propiedad Intelectual e Industrial, Diseño web.

Para Asociaciones, Federaciones, Fundaciones, Colegios Profesionales
Adaptación al cumplimiento normativo (RGPD y LOPDGDD) de todo tipo de Asociaciones, Federaciones y Confederaciones, Colegios profesionales, Fundaciones, etc. También sus sitios web (LSSICE). Acuerdos especiales para que tanto la Asociación como sus asociaciados cumplan las normativas.
Ofertas en la contratación de otros servicios como: la adaptación a la LPBC-FT ya que son sujetos obligados, servicios como DPO externo o como ayuda al DPO interno, Diseño web, Legal Compliance, Propiedad Intelectual e Industrial, etc.

Para diseñadores web
Adaptación y actualización al cumplimiento normativo (RGPD y LOPDGDD) de agencias y profesionales del desarrollo y diseño web.
Promovemos acuerdos especiales para que los servicios que prestan a sus clientes incluyan los avisos legales que éstos necesiten ya que se adapta al cumplimiento también la actividad del cliente y no solo su web.

Para entidades que sean Encargados del Tratamiento
Adaptación y actualización al cumplimiento normativo (RGPD y LOPDGDD) de cualquier entidad que sea Encargada del tratamiento de los datos de un tercero que solicita el encargo como asesores, consultores, abogados, etc. También lo son las asociaciones o colegios profesionales cuando prestan servicios a sus asociados.
Promovemos acuerdos especiales para que tanto los encargados como quienes encargan sus servicios, cumplan las normativas.
Ofertas en la contratación de otros servicios como: la adaptación a la LPBC-FT ya que muchos son sujetos obligados, servicios como DPO externo o como ayuda al DPO interno, Igualdad, Diseño web, Legal Compliance, Propiedad Intelectual e Industrial, etc.
INFORMACIÓN ADICIONAL PARA ENCARGADOS DEL TRATAMIENTO
Desde la aprobación del RGPD en abril de 2016, Responsables y Encargados del tratamiento, debemos tener en cuenta lo previsto en:
"Art. 28.1. Cuando se vaya a realizar un tratamiento por cuenta de un responsable del tratamiento, éste elegirá únicamente un encargado que ofrezca garantías suficientes para aplicar medidas técnicas y organizativas apropiados, de manera que el tratamiento sea conforme con los requisitos del presente Reglamento y garantice la protección de los derechos del interesado".
"Art. 28.3. El tratamiento por el encargado se regirá por un contrato u otro acto jurídico con arreglo al Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que vincule al encargado respecto del responsable y establezca el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento, el tipo de datos personales y categorías de interesados, y las obligaciones y derechos del responsable".
Igualmente, debes solicitar a tus proveedores las mismas garantías. Cada vez más entidades, incluidas las entidades financieras, están solicitando estos controles de cumplimiento y certificados.
La AEPD ha sancionado a Vodafone (8.150.000 €) por, entre otras cosas, no controlar a sus encargados ni solicitar ni monitorizar los tratamientos de datos que realizan.
Que tú no cumplas puede acarrear a tu cliente una sanción muy importante.
Firmar el contrato de encargo no es suficiente.

Esto ya se contemplaba en la anterior normativa (art. 20.2 y 20.3 RLOPD; art. 12 LOPD 15/1999) pero no se cumplía en la mayoría de los casos.
Ahora, con la aplicación del RGPD y la obligación, no sólo de cumplir, sino de estar en disposición de demostrar que se cumple (art. 42 del RGPD, "Certificación", sobre la creación de sellos y marcas de protección de datos a fin de demostrar el cumplimiento), es imprescindible tener estos contratos actualizados y pedir a nuestros encargados o aportar a nuestros clientes, garantías de cumplimiento.
Los consultores, asesores fiscales, laborales y contables, los departamentos jurídicos, servicios de hosting, mantenimiento informático, administradores de fincas, etc., somos Encargados del tratamiento de nuestros clientes porque tratamos, en su nombre, datos de personas que no son nuestros.
Ten en cuenta que quien no pueda demostrar que está cumpliendo estas normativas no será contratado y que, cada vez más, los clientes te exigirán que firmes un contrato como su encargado y te van a exigir garantías suplementarias.
Tómatelo en serio.
FORMULARIO PARA COLABORACIÓN